LEGAL

Asesoría para la autorización de Donatarias.

Dentro del género de las personas morales no contribuyentes del ISR, se establece un sub-grupo particular con beneficios adicionales, pero a su vez, sujeto a regulaciones mayores y más estrictas. Dicho sub-grupo lo conforman las entidades autorizadas para recibir donativos deducibles para fines del ISR (las Donatarias Autorizadas).

Las Donatarias Autorizadas, además de ser consideradas no contribuyentes del ISR conforme a lo antes descrito, tienen como principales beneficios adicionales los siguientes: (i) el poder recibir donativos que se consideren deducibles para fines del ISR para quien los realiza; y (ii) no ser contribuyentes del ISR incluso sobre los ingresos por concepto de enajenación de ciertos bienes, intereses o premios, entre otros supuestos.       Por lo que la asesoría se presta desde la constitución de la persona moral para tales fines y toda la tramitología que resulta necesaria para poder obtener la autorización correspondiente